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¿Qué es una sucesión y cuántos tipos de sucesiones hay?


Primeramente debemos definir que la sucesión es el medio por el que una persona ocupa en derechos el lugar de otra; es decir, lleva implícita la sustitución de una persona, por cuanto a su titularidad de derechos y obligaciones, por otra que los adquirirá a falta de la primera.

Ahora bien, a la muerte del testador o de cujus[1] estamos frente a la sucesión hereditaria, y puede hacerse sobre todos los bienes del testado o de cujus, a lo que se denomina herencia, o bien sobre bienes determinados, a lo que se llama legado.

Respecto de la sucesiones, existen dos tipos:

  1. Sucesión intestamentaria: Se entiende como el medio por el cual una persona toma posesión sobre los bienes de alguien que ha fallecido sin haber hecho con anterioridad un testamento.

Es posible clasificarla en Judicial y Extrajudicial, en la primera se llega a la repartición de bienes para los herederos mediante un juez, y, en la segunda, se llega a la repartición de bienes por medio de una notaría pública.

  1. Sucesión testamentaria: Es la que reconoce los deseos de la persona fallecida porque los describe en su testamento. En este tipo, se debe acudir ante un Notario para que se encargue de buscar el testamento, realizando los trámites necesarios para la transmisión de los bienes.

Finalmente, en Conlegal recomendamos planear en tiempo la elaboración de un testamento, cuando se este en pleno uso de las facultades mentales, especificando y detallando el patrimonio que será trasmitido por herencia a cada una de las personas que se designen en el mismo.

Links:

https://asesoria.juridicas.unam.mx/preguntas/pregunta/31-Que-es-una-sucesion-y-que-tipos-de-sucesion-existen

[1] De cujus: Es un término que le da nombre a la persona del difunto o al autor del testamento en una sucesión testamentaria o legítima, en el ámbito jurídico.

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¿Cuáles son los tipos de divorcio?

¿Cuáles son los tipos de divorcio?

 

Primeramente, tiene que definirse que el divorcio en términos jurídicos es disolver el matrimonio, y sólo es válido mediante la sentencia de una autoridad judicial competente que declare disuelto el vínculo matrimonial, a la petición de uno o ambos cónyuges, con fundamento en lo que se establece en la ley, dejando de este a los cónyuges en aptitud de contraer otro.

En ese sentido, el divorcio se clasifica en:

  1. Divorcio voluntario: Este tipo de divorcio se da como consecuencia del acuerdo de voluntades entre los cónyuges para terminar con el matrimonio.
  1. Administrativo: Este procede, cuando pasado un año de celebrarse el matrimonio, ambos cónyuges deciden divorciarse, para ello deben de cumplir con ciertos requisitos, entre esos, que no tengan hijos en común o teniéndoles que sean mayores de edad.
  1. Voluntario contencioso: Este se somete al Juez cuanto los cónyuges no cumplen con los requisitos para solicitarlo por la vía administrativa, sin embargo, lo solicitan por mutuo consentimiento siempre y que presenten con la demanda un convenio en el que se establezca lo relativo a la guarda y custodia de los hijos, los alimentos, la vivienda y la administración de los bienes.
  1. Necesario o causal: Aquí no existe acuerdo entre los cónyuges respecto al divorcio, en este caso podrán demandar una indemnización de hasta el 50% del valor de los bienes que se hubieren adquirido durante la existencia del matrimonio siempre que:
  1. Estén bajo el régimen de separación de bienes.
  2. El demandante, se hubiera dedicado en su mayoría a las labores del hogar y, en su caso, del cuidado de los hijos.
  3. Que durante el matrimonio el demandante no haya adquirido bienes propios o estos sean menores a los de la contraparte.
  1. Unilateral por la vía judicial: Está clase de divorcio se empezó a aplicar primeramente en la Ciudad de México y este podrá solicitarse por uno o ambos cónyuges, cuando cualquiera de ellos lo pida a la autoridad judicial competente, manifestando su deseo de no querer continuar con el matrimonio, sin que para ello sea necesario señalar la causa por la cual se solicita.

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Adiós al IVA en productos de higiene femenina.

En fecha 12 de noviembre del 2021, fue publicado el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos.

Mediante el cual, dentro de diversas actuaciones se reforma para que los productos básicos para la higiene femenina (Esta medida aplicará para toallas sanitarias, tampones, pantiprotectores y copas menstruales) pasaran de 16% a 0%, con lo que se espera una importante reducción en el precio de dichos productos teniendo como consecuencia la facilidad de acceso para las mujeres mexicanos.

Se habla de tasa 0% cuando no se incrementa el importe total a pagar, pues la tasa es 0, sin embargo, tendrán los mismos derechos de acreditamiento que los actos que se gravan a tasa 16%.

Dicho avance fue posible gracias a que la Resolución Miscelánea Fiscal 2022, fue aprobado por la cámara de senadores con 67 votos a favor y tan solo 43 en contra.

Por lo que dicha ley quedara de la siguiente manera:

Artículo Tercero. Se reforman los artículos 2o.-A, fracción I, inciso b), primer párrafo; 5o., fracciones II, primer párrafo, V, incisos b), c) y d), en su primer párrafo y sus numerales 2 y 3, primer párrafo, y VI, segundo párrafo; 5o.-D, primer párrafo; 18-D, fracción III; 18-H BIS, segundo párrafo, y 21; se adicionan los artículos 2o.-A, fracción I, con un inciso j), y 4o.-A, y se deroga el artículo 5o.-E, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 2o.-A. …

  1. b)Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación humana y animal, a excepción de:
  2. j)Toallas sanitarias, tampones y copas, para la gestión menstrual.

Indiscutiblemente, este es un paso importante para lograr la tan anhelada igualdad de género y marca el inicio de cambios estructurales en nuestro país.

LIGA DE ACCESO:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5635286&fecha=12/11/2021

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¿Tu crédito Infonavit disminuye o aumenta?

Te decimos por qué

Si tienes actualmente un crédito con Infonavit, probablemente te ha pasado que al revisar el monto de tu crédito este aumenta o disminuye sin razón aparente. La causa va desde un cambio de empleo, hasta la inflación en la economía mexicana.

¿Por qué mi crédito  aumenta o disminuye?

El fondo de la Subcuenta de Vivienda se construye con las aportaciones bimestrales del patrón al Infonavit, entonces de acuerdo con las reglas, la capacidad de crédito comienza a disminuir una vez que cumplas 39 años.

Otra opción por la que tu  crédito aumenta o disminuye es en razón al salario, supongamos que cambias de empleo  y nuevo el salario es menor, bueno esto afectará el monto del crédito. 

La tercera razón es por la empresa, cuando la empresa no realiza a tiempo los pagos correspondientes a Infonavit tu crédito podría verse afectado hasta en un 20%.

Y la última, pero no menos importante es por la situación en el Buró de Crédito, como en cualquier otro crédito lo primero que se hace es revisar tu comportamiento como pagador, es decir si tienes deudas, si te retrasas con tus pagos, el monto de tus deudas así como tu capacidad de pago. En este sentido, si tienes un historial crediticio negativo el Infonavit te otorgará entre un 80 % y 90% de su capacidad.

¿Por qué  mi crédito aumento si pago las mensualidades correctamente?

Los créditos de Infonavit  están denominados en VSM (Veces Salarios Mínimos) el cual aumenta con la actualización anual del salario mínimo o de la UMA (Unidad de Medida y Actualización). Por lo que cada año se realiza un ajuste a tu deuda ya que los valores anteriores se actualizan cada primero de enero.

Por ejemplo, en el 2020  el valor del UMA se actualizó a 3.9% lo que representó un incremento a tu deuda, si en 2019 debías un millón de pesos a partir del primero de enero del 2020 tu deuda se incrementó a un millón 31 mil 500 pesos debido a la actualización.

Para evitar que tu deuda aumente cada año te recomendamos cambiar tu crédito de VSM a pesos,  con un refinanciamiento a un banco comercial, ya que con el Infonavit directamente no se puede hacer. A este tipo de refinanciación se denomina crédito de sustitución de hipoteca y hacerlo te traerá muchos beneficios como mejoramiento de la tasa de interés y pagos fijos.

           http://www.puntosinfonavit.com.mx/por-que-disminuye-mi-credito-infonavit.html


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Contratos laborales

Contratos Laborales

La Ley Federal del Trabajo define en su artículo 20 las relaciones de trabajo y los contratos individuales de trabajo:

-Artículo 20: Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.

Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.

La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos.

Dentro del Derecho Laboral Mexicano, el vínculo jurídico que se produce entre el trabajador y un patrón no depende necesariamente del acto contractual. Es por esto que la Ley Federal del Trabajo ha dado los mismos efectos jurídicos tanto a la relación de trabajo como al contrato.

En este tipo de contrato o relación interviene el patrón y el trabajador quienes tienen derechos y obligaciones reciprocas:

  • El trabajador es la persona física que presta a otra persona física o moral, un trabajo personal subordinado.
  • El patrón ya sea la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.

El vínculo jurídico que hay entre el trabajador y el patrón deriva de la prestación del servicio personal subordinado, de un acto de incorporación del trabajador a la empresa, produce por ende las consecuencias jurídicas, derechos y obligaciones previstas por la ley.

Tipos de Relaciones o Contratos Laborales:

  • Por tiempo indeterminado
  • Por tiempo determinado
  • Para obra determinada
  • Por temporada
  • Para capacitación inicial
  • Periodo de prueba

En el escrito en el cual se pacten las condiciones de trabajo deberá señalarse por lo menos lo siguiente:

  • Los datos de identificación del patrón y del trabajador
  • La duración de la relación de trabajo
  • Los servicios que se prestarán en virtud del contrato
  • El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo
  • La duración de la jornada de trabajo
  • La forma y el monto del salario
  • El día y lugar de pago del salario
  • Las condiciones relativas a días de descanso
  • Condiciones relativas a vacaciones
  • Otras condiciones pactadas entre el patrón y el trabajador

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LEY DE VOLUNTAD ANTICIPADA

Se creó la Ley de Voluntad Anticipada que permite a enfermos terminales decidir si continuar o no con tratamientos que prolonguen su vida.

¿Qué es?

La voluntad anticipada se entiende como “la decisión que toma una persona de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de forma natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona”. Voluntadad Anticipada

La Ciudad de México fue la primera entidad de la nación en aprobar la Ley de Voluntad Anticipada en enero de 2008. Esta iniciativa ha sido aprobada en 14 estados de la República que son: Ciudad de México, Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Hidalgo, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Estado de México, Colima, Oaxaca, Yucatán y Tlaxcala. En el resto del país no es legal.

¿Cómo se ejerce?

Existen dos modalidades

  1. el documento, el cual se tramita ante notario público, en el que la persona con capacidad manifiesta su petición de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos.
  2. el formato que se otorga en instituciones de salud públicas, privadas y sociales, previamente autorizado por la Secretaria de Salud, suscrito por el enfermo terminal su voluntad de no continuar con tratamientos que pretendan alargar la vida o bien la suspensión del tratamiento curativo.

Finalidad de la Voluntad Anticipada

Asegurar que los pacientes en situación terminal sean tratados como seres humanos vivos hasta el final de sus días.

  • Respetar la voluntad del paciente.
  • Respetar su dignidad como persona.
  • Darle trato humano en todo momento.
  • Disminuir el sufrimiento.
  • Garantizar una muerte natural en condiciones dignas.

¿Solo los enfermos lo pueden solicitar?

De manera preventiva, cualquier persona mayor de edad puede hacerlo, acreditando su identidad, eligiendo a sus representantes y expresando su voluntad. Al elaborar el documento, la persona tiene la oportunidad de manifestar si desea o no donar sus órganos después del deceso.

¿Es lo mismo que eutanasia?

Es importante aclarar que voluntad anticipada no es lo mismo que eutanasia. La voluntad anticipada regula la ortotanasia; es decir, la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable o en fase terminal. La legislación no permite la eutanasia o acto deliberado de dar fin a la vida de un paciente.

https://www.gob.mx/inapam/articulos/ley-de-voluntad-anticipada-el-derecho-a-una-muerte-digna

https://salud.edomex.gob.mx/salud/voluntades_anticipadas

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¿Qué es AFORE y para qué sirve?

Probablemente has escuchado la palabra AFORE, pero ¿sabes qué es una AFORE? Significa: Administradora de Fondos para el Retiro, la cual es una institución financiera privada que se encarga de administrar los fondos para el retiro de los trabajadores afiliados al IMSS y al ISSSTE, a través de cuentas personales que se le asignan a cada trabajador, en las que se depositan las aportaciones hechas a lo largo de tu vida laboral.

En México existen 10 tipos de AFORE: Azteca; Citibanamex; Coppel; Inbursa; Invercap; PensionISSSTE; Principal; Profuturo; SURA; y, XXI Banorte. Cada una te ofrece distintos beneficios y rendimientos, por lo que eres libre de elegir cualquier opción que más te convenga.

Las AFOREs son reguladas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR)la cual se encarga de:

  1. Vigilar que tus recursos estén seguros.
  2. Supervisar que se inviertan dentro de los parámetros y límites establecidos.
  3. Establecer reglas para el correcto funcionamiento del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).
  4. Asegurarse de que tu AFORE te informe sobre tu cuenta, trámites y servicios.
  5. Sancionar el incumplimiento de cualquiera de estas disposiciones.

De acuerdo con la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, cada trabajador tiene derecho a una cuenta individual en una institución financiera que se dedique exclusivamente a la administración de fondos para el retiro. Ahí se depositan las aportaciones, junto con las que realicen el patrón y el gobierno, creando así, un fondo de ahorro durante los años que se laboren, mismo que conformará el patrimonio del que podrás disfrutar después de jubilarte.

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¿Qué es la UIF y cuáles son sus funciones en México?

UIF

La Unidad de Inteligencia Financiera conocida comúnmente y por sus siglas como: “UIF”, es un organismo dependiente de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, creada mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 2004., Con el propósito de coadyuvar en la prevención y combate a los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita comúnmente conocido como lavado de dinero y de financiamiento al terrorismo.

Su principal objetivo es implementar y dar seguimiento a mecanismos de prevención y detección de actos, omisiones u operaciones, que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de los delitos previstos en el Código Penal Federal:

  • Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (artículo 400 bis)
  • Financiamiento al terrorismo (artículo 139 quáter)

La UIF de conformidad con el Artículo 15 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es la instancia central nacional para:

  • Recibir reportes de operaciones financieras y avisos de quienes realizan actividades vulnerables;
    • Analizar las operaciones financieras y económicas y otra información relacionada; y
    • Diseminar reportes de inteligencia y otros documentos útiles para detectar operaciones probablemente vinculadas con el lavado de dinero (LD) o el financiamiento al terrorismo (FT), y en su caso, presentar las denuncias correspondientes ante la autoridad competente.

Las atribuciones de la Unidad de Inteligencia Financiera se encuentran reglamentadas en los Art. 15, 15-A, 15-B, 15-C, 15-D,15-E, 15-F, 15-G del Reglamento Interior de la SHCP, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y el Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, así como su normativa secundaria.

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La transformación digital en el ámbito legal y contable.

transformación digital

Desde hace algunos años derivado del desarrollo tecnológico al que nos hemos enfrentado, así como de las nuevas necesidades de la gente, nos hemos visto en la obligación de irnos transformando digitalmente, tanto en la forma en la que nos comunicamos, en la que nos desarrollamos y sin duda en la que trabajamos.

Sin embargo, esta transición se ha tenido que acelerar por diversos motivos, pero principalmente en México y en el resto de los países, se debió a la pandemia acontecida a causa del virus SARS-CoV-2 (COVID-19).

Lo anterior se vio reflejado en diversas áreas, tales como: los nuevos hábitos de consumo y las exigencias que imperaban en la sociedad, en las nuevas formas de trabajo que se modificaron, pasando de trabajos presenciales a esquemas de home office, además de las innovaciones tanto de productos como de servicios.

Pero ¿de qué trata la transformación digital?

Se trata no solamente de tener una página de internet, actividad en redes sociales y un buen trabajo de marketing para publicitarte o dar a conocer los productos y servicios que ofertas, sino de reorientar y eficientizar el trabajo, los procesos y las estrategias, tanto en ámbitos privados como públicos.

Por ejemplo, en las esferas legales y contables, encontramos que dicha transformación digital conlleva utilizar la tecnología como un aliado, que permita desarrollar nuevas oportunidades de negocios para que las empresas, organizaciones y personas en general vean una solución más rápida a sus diversas problemáticas.

Por ejemplo la plataforma de conlegal es un ejemplo de una solución digital a un servicio tradicional como el legal y contable.

En el contexto legal, actualmente muchos juicios se pueden desahogar de manera electrónica, sin necesidad de acudir a algún Juzgado o Tribunal; de igual manera, puedes contactar con abogados que resolverán tus inquietudes legales de manera virtual y con precios mucho más accesibles; formatos legales que se requieran al momento ahora son descargables, actualizados y enfocados a la problemática que se requiera solucionar. Todo esto, es parte de la nueva transformación digital.

En temas contables, podemos encontrar que se han implementado diversas herramientas digitales como: la facturación electrónica; las declaraciones y las devoluciones de impuestos ahora se pueden realizar a través de internet; las notificaciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el Buzón Tributario son de manera electrónica, así como diversos procesos legales que se pueden desahogar en línea.

De esta manera, podemos concluir que es necesario adentrarse en la nueva era de la transformación digital, con la finalidad de fomentar nuevas estrategias que permitan soluciones al alcance de todos, más rápidas y adaptables a las exigencias de los consumidores.

Links:

https://expansion.mx/opinion/2021/08/06/transformacion-digital-empresas-crecimiento-colapso


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Tramitar incapacidades por COVID-19

¿Cómo tramitar una incapacidad ante el IMSS por infección de COVID-19?

Covid 19

Con la llegada de la nueva variante de SARS-CoV-2, llamada “Ómicron”, los contagios han aumentado exponencialmente en las últimas semanas, la Secretaría de Salud ha reportado récords de contagios diarios en nuestro país.  En la última semana se reportó un aumento del 138% respecto a la misma semana de enero del año 2021.

La SSA (Secretaría de Salud) estiman al día de hoy 285,713 contagios activos, por haber presentado síntomas durante los últimos 14 días, reportando un récord de número de contagios el día sábado 15 de enero, con un total de 47,113 contagios.

Ante el gran aumento de contagios, el Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, Zoé Robledo, anunció la posibilidad de tramitar el Permiso COVID, para tramitar la incapacidad por COVID-19 en línea. Este servicio ya no depende del semáforo epidemiológico y de acudir a las instalaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social.

El Permiso COVID será de siete días para aquellos que presenten síntomas, y de cinco días para las personas asintomáticas que cuenten con su resultado de prueba positiva. El trámite en línea ofrece mayor agilidad, así como evitar la propagación del virus.

Las personas que deseen tramitarlo deberán de seguir los pasos siguientes:

  • Deberás de ingresar a la página web imss.gob.mx/covid-19/permiso, o desde la aplicación móvil IMSS Digital dar clic en la opción de INGRESAR PERMISO COVID-19.
  • Ingresa tu CURP, Número de Seguridad Social, código postal y dar clic en INICIAR, una vez ahí, tendrás que contestar una serie de preguntas con relación a síntomas, vacunación y padecimientos preexistentes.
  • Asimismo, deberás proporcionar número telefónico, indicar si se cuenta con una prueba positiva de COVID-19, correo electrónico y CLABE interbancaria para recibir el pago correspondiente.
  • Ya con el permiso COVID aprobado, deberás de notificarlo en tu centro de trabajo a efecto de justificar tu ausencia.

Resulta importante aclarar que este permiso es únicamente para personas inscritas en el Régimen Obligatorio y donde el tipo de modalidad otorgue las prestaciones en dinero, por lo que no aplica para quienes están inscritos en las modalidades 32 (Seguro Facultativo), 33 (Seguro de Salud para la Familia) y 40 (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio).

Fuentes:

https://www.adn40.mx/estados/incapacidad-en-linea-permiso-covid-imss-pfp

https://www.forbes.com.mx/la-cuarta-ola-de-covid-19-ya-rebasa-y-por-mucho-el-pico-de-la-tercera-ola/

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Maltrato Animal.

Maltrato Animal

¿Qué es el maltrato animal?

Se define como el comportamiento irracional de una persona hacia un animal con el objetivo de causarle sufrimiento, estrés o incluso puede llevarlo a la muerte.

El maltrato o crueldad animal va más allá de provocarle algún tipo de daño. Acciones como abandonarlos, no tenerlos en buenas condiciones de salud, no brindarles espacios para su recreación, privarlos de alimentación, entre otras también son considerados un peligro para la seguridad animal.

Legislación aplicable en el estado de Nuevo León.

Código Penal.

El 22 de agosto del 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 445 del Código Penal para el estado de Nuevo León, en el que establece que al que por acción u omisión cometa maltrato o crueldad animal en contra de cualquier especie de animal doméstico, causándole lesiones u ocasionándole dolor o sufrimiento afectando su bienestar, se le impondrán de 1 a 3 meses de prisión y sanción pecuniaria de 25 a 50 cuotas. cuando el maltrato o crueldad implique poner en peligro la vida del animal doméstico, la pena se incrementará hasta en una mitad; y en caso de que el maltrato o crueldad animal le cause la muerte al animal doméstico, se impondrán de seis meses a dos años de prisión y sanción pecuniaria de 100 a 250 cuotas.

Ley de protección y bienestar animal para la sustentabilidad del Estado de Nuevo León.

Esta ley tiene por objeto proteger a los animales, brindarles alojamiento, desarrollo natural, salud y evitarles el maltrato, la crueldad, el sufrimiento y la zoofilia.

Leyes de protección animal en nuestro país

Recientemente, la problemática del maltrato animal se ha hecho más visible, por lo que varios congresos locales han decidido tipificarlo como un delito; sin embargo, aún faltan los estados de Chiapas, Guerrero, Tabasco y Tlaxcala, en los que aun no se contempla como delito el despliegue de esta conducta.

Existen otras leyes que protegen a los animales tales como la Ley Federal de Sanidad Animal, cuyo objeto es el diagnostico, prevención, control y erradicación de las enfermedades y plagas que afectan a los animales; procurar el bienestar animal; regular las buenas prácticas en los establecimientos dedicados al procesamiento de bienes de origen animal para consumo humano, tales como rastros y unidades de sacrificio. En el estado de Nuevo León, los actos de maltrato físico o abandono hacia un animal pueden ser denunciados por cualquier persona realizando el reporte a los teléfonos de la Procuraduría Estatal de Desarrollo Sustentable.

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